Respuesta rápida: El Programa de Regularización Fiscal 2026 (Artículo Vigésimo Segundo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación 2026) permite a personas físicas y morales con ingresos de 2024 de hasta $300 millones eliminar hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución de adeudos de 2024 y años anteriores. Ojo: el impuesto se paga completo; solo se perdonan los accesorios. La solicitud para créditos ya determinados vence el 31 de octubre de 2026, y la autocorrección con pago en una exhibición, el 31 de diciembre de 2026.
Si arrastras un adeudo con el SAT, 2026 es probablemente el mejor año para ponerte al corriente. El Programa de Regularización Fiscal 2026 es un estímulo que borra los accesorios —multas, recargos y gastos de ejecución— que suelen inflar una deuda hasta volverla impagable. No es una amnistía general ni te perdona el impuesto, pero sí puede recortar buena parte de lo que debes si actúas dentro de los plazos.
Aquí te explico, con cifras y fechas concretas, qué ofrece el programa, quién puede usarlo, qué se perdona y qué no, y cómo solicitarlo sin tropiezos.
Qué es el Programa de Regularización Fiscal 2026
Es un estímulo fiscal previsto en el Artículo Vigésimo Segundo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2026, que el SAT puso en marcha con su Comunicado 05/2026 y está disponible desde el 1 de enero de 2026.
Su lógica es simple: si pagas la contribución omitida (el impuesto en sí), el SAT te condona los accesorios que se le acumularon: multas, recargos por mora y gastos de ejecución. Es la vía para que un contribuyente con voluntad de pagar no quede atrapado por una deuda que creció más por los recargos que por el impuesto original.
Quién puede aplicar
El estímulo está dirigido a personas físicas y morales cuyos ingresos totales del ejercicio 2024 no hayan excedido de $300 millones de pesos. En la práctica, cubre a la inmensa mayoría de contribuyentes: personas físicas, profesionistas, pequeñas y medianas empresas.
Aplica a adeudos por:
- Contribuciones propias, retenidas o trasladadas (ISR, IVA, IEPS, retenciones, etc.).
- Aprovechamientos y cuotas compensatorias.
- Multas por infracciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
Siempre que se trate de adeudos de los ejercicios 2024 o anteriores, determinados por el SAT o por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).
Qué se perdona (y qué no)
Este es el punto que más confusión genera. El programa no borra el impuesto: la contribución se paga completa. Lo que se elimina son los accesorios.
| Concepto | ¿Se condona? | Reducción |
|---|---|---|
| Contribución (impuesto omitido) | No | Se paga al 100% |
| Multas | Sí | Hasta 100% |
| Recargos | Sí | Hasta 100% |
| Gastos de ejecución | Sí | Hasta 100% |
Hay un caso especial: cuando el crédito fiscal firme se integra exclusivamente por multas derivadas del incumplimiento de obligaciones distintas a las de pago (por ejemplo, multas formales por no presentar una declaración informativa), la reducción es de hasta el 90%, siempre que cumplas la obligación omitida.
Para dimensionar cuánto representan esos accesorios en tu caso, puedes estimarlos con nuestra calculadora de recargos y actualización: verás cuánto de tu adeudo son recargos —justo lo que este programa puede eliminar.
Fechas límite: no las dejes pasar
El estímulo se puede solicitar desde el 1 de enero de 2026, pero cada supuesto tiene su fecha de cierre:
| Supuesto | Fecha límite 2026 |
|---|---|
| Solicitar el estímulo (créditos ya determinados o firmes) | 31 de octubre |
| Autocorrección: pago en una sola exhibición | 31 de diciembre |
| Pago en parcialidades (hasta 6), última exhibición | 30 de noviembre |
Como estamos a mitad de año, el reloj corre: si tu adeudo ya está determinado, tienes hasta finales de octubre para presentar la solicitud. Dejarlo para el último momento es arriesgado, porque el trámite implica esperar el formulario de pago del SAT.
Cómo solicitarlo paso a paso
El procedimiento depende de si tú mismo detectas el adeudo (autocorrección) o si el SAT ya te lo determinó.
Si te autocorriges (contribuciones autodeterminadas)
- Entra a Declaraciones y Pagos en el Portal del SAT.
- Presenta la declaración correspondiente seleccionando la opción “Estímulo de regularización fiscal”.
- Paga la contribución actualizada en una sola exhibición antes del 31 de diciembre de 2026 (o en parcialidades, según las reglas).
Si el SAT ya determinó el crédito
- Ingresa a Mi portal con tu RFC y contraseña.
- Abre un caso de aclaración con la etiqueta “ESTÍMULO FISCAL LIF 2026” a más tardar el 31 de octubre de 2026.
- Con la solicitud, se suspende el procedimiento administrativo de ejecución sin que tengas que garantizar el interés fiscal.
- El SAT emite el formulario de pago dentro de los 15 días naturales siguientes.
- Realiza el pago dentro de los 15 días naturales siguientes a que se ponga a tu disposición.
El pago puede hacerse en una sola exhibición o hasta en seis parcialidades. Antes de arrancar, conviene revisar tu situación con tu Constancia de Situación Fiscal y tu Opinión de Cumplimiento (32-D) al día.
Quiénes NO pueden usar el programa
El estímulo excluye a varios perfiles. No podrás acceder si:
- Recibiste condonaciones masivas de deudas en programas anteriores (por ejemplo, el decreto del 20 de mayo de 2019).
- Ya te beneficiaste del estímulo del Trigésimo Cuarto Transitorio de la LIF 2025.
- Tienes sentencia penal firme por delitos fiscales.
- Apareces en los listados de los artículos 69-B o 69-B Bis del CFF (empresas que facturan operaciones simuladas). Si este es tu tema, revisa nuestra guía de facturas falsas, EFOS y EDOS.
- Eres gran contribuyente o entras en ciertos supuestos del artículo 79 de la LISR.
¿Te conviene? Un ejemplo
Supón un adeudo de ISR de $50,000 que venció hace año y medio. Con la actualización y los recargos por mora (que en 2026 corren al 2.07% mensual), los accesorios pueden sumar varios miles de pesos. Bajo el programa, pagarías los $50,000 del impuesto y el SAT te perdonaría el 100% de las multas, recargos y gastos de ejecución.
En un adeudo real, ese perdón puede representar entre el 20% y el 50% del total —o más, si la deuda es antigua—. Por eso vale la pena calcular tu escenario antes de decidir; nuestra calculadora de recargos te da una estimación en segundos.
Preguntas frecuentes
¿El programa me perdona el impuesto que debo?
No. La contribución (el impuesto) se paga completa. Lo que se elimina son los accesorios: multas, recargos y gastos de ejecución, hasta el 100%.
¿Hasta cuándo puedo solicitarlo?
Para créditos ya determinados, la solicitud vence el 31 de octubre de 2026. Para autocorrección con pago en una sola exhibición, el 31 de diciembre de 2026; en parcialidades, la última se paga a más tardar el 30 de noviembre de 2026.
¿Quién puede acceder al estímulo?
Personas físicas y morales cuyos ingresos totales de 2024 no hayan excedido de $300 millones de pesos, con adeudos de 2024 o años anteriores, salvo las exclusiones (listados 69-B, sentencia penal firme, grandes contribuyentes, entre otras).
¿Puedo pagar en parcialidades?
Sí, en una sola exhibición o hasta en seis parcialidades, conforme a las reglas del programa. La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de noviembre de 2026.
¿Qué pasa mientras el SAT resuelve mi solicitud?
Al presentar la solicitud se suspende el procedimiento administrativo de ejecución sin que tengas que garantizar el interés fiscal. El SAT emite el formulario de pago en un plazo de 15 días naturales.
En resumen
El Programa de Regularización Fiscal 2026 es una ventana clara para ponerte al corriente pagando el impuesto y borrando los accesorios. No perdona la deuda de fondo, pero puede recortar de forma importante lo que debes —y frena la ejecución mientras te regularizas—. La clave es doble: verifica que no estés en las exclusiones y respeta las fechas (31 de octubre para créditos determinados, 31 de diciembre para autocorrección).
Si tienes un adeudo con el SAT y no sabes si calificas o cuánto te ahorrarías, en servicios para personas morales, personas físicas y desde contacto revisamos tu caso, calculamos el beneficio real y presentamos la solicitud por ti antes de que venzan los plazos.

