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Herramienta gratuita · Régimen Simplificado de Confianza

Calculadora de RESICO 2026

Calculadora de RESICO 2026 para personas físicas: ISR mensual y anual con tasas del 1% al 2.5% y retención del 1.25% de personas morales.

Respuesta rápida

RESICO para personas físicas grava tus ingresos cobrados con tasas del 1% al 2.5%, sin deducciones que comprobar; si facturas a una persona moral, te retienen 1.25% acreditable contra tu ISR. Esta calculadora estima el ISR mensual y anual con esas tasas.

Calculadora interactiva

Calcula tu ISR en RESICO con las tasas 2026.

Estima el pago de ISR de personas físicas en el Régimen Simplificado de Confianza, con la tasa que corresponde a tus ingresos y la retención acreditable de personas morales.

  • Tasas 1% a 2.5%
  • Mensual y anual
  • Retención 1.25%
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Ingresos efectivamente cobrados, sin IVA.
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Verás la tasa aplicable, el ISR del periodo, la retención acreditable y el ISR a pagar.

Tarifas y valores verificados al . Fuentes oficiales: SAT, DOF e INEGI.

Revisado por Lucero Hurtado Marcos, contadora pública titulada · Céd. prof. 14276234

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Un contador revisa tu caso concreto

Las calculadoras dan un estimado. Si tu situación tiene detalles —retenciones, saldos a favor, adeudos con el SAT— escríbenos y lo resolvemos contigo. La primera consulta es sin compromiso.

¿Qué calcula esta herramienta?

Esta calculadora estima el ISR de personas físicas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), con las tasas vigentes para 2026. Aplica la tasa correspondiente a tus ingresos y, si lo necesitas, acredita la retención del 1.25% que efectúan las personas morales.

Comienza ahora. En la parte superior elige el periodo, captura tus ingresos cobrados sin IVA y obtén el ISR al instante.


Tasas del RESICO mensual 2026 (Art. 113-E LISR)

La tasa se aplica de forma directa sobre el total de ingresos cobrados, sin deducciones. Las tasas son idénticas a las de 2025.

Ingresos mensuales (sin IVA) Tasa de ISR
Hasta $25,000.001.00%
Hasta $50,000.001.10%
Hasta $83,333.331.50%
Hasta $208,333.332.00%
Hasta $3,500,000.002.50%

Tasas del cálculo anual (Art. 113-F LISR)

Ingresos anuales (sin IVA) Tasa de ISR
Hasta $300,000.001.00%
Hasta $600,000.001.10%
Hasta $1,000,000.001.50%
Hasta $2,500,000.002.00%
Hasta $3,500,000.002.50%

¿Presentas declaración anual? Como regla general, no. La reforma fiscal 2026 relevó de la declaración anual a las personas físicas del RESICO (artículos 113-F y 113-G, fracción VII de la LISR; regla 3.13.7 de la RMF 2026), porque los pagos mensuales son definitivos. La tabla anual sigue sirviendo para proyectar tu impuesto del ejercicio y vigilar el límite de $3.5 millones. Los supuestos en los que sí debes presentarla están en la guía RESICO 2026.


Cómo se calcula el RESICO paso a paso

El cálculo del RESICO es deliberadamente corto: no hay deducciones que comprobar. Se aplica una tasa directa al total cobrado en el periodo.

  1. Suma tus ingresos cobrados del mes, sin IVA. Solo lo efectivamente cobrado — lo facturado y no pagado todavía no cuenta.
  2. Ubica tu tasa en la tabla del Art. 113-E según ese monto.
  3. Multiplica ingresos × tasa. Ese es tu ISR del mes.
  4. Resta las retenciones del 1.25% que te hicieron las personas morales. El resultado es lo que pagas — o tu saldo a favor.
Concepto Importe
Ingresos cobrados del mes (sin IVA)$40,000.00
Tasa aplicable (hasta $50,000)1.10%
ISR del periodo$440.00
Retención de personas morales (1.25%)−$500.00
Resultado$60.00 a favor

Hazlo con tus cifras. Captura tus ingresos arriba y la calculadora ubica la tasa, aplica las retenciones y te dice si pagas o te queda saldo a favor.


Calcular las retenciones del RESICO (1.25%)

Cuando facturas a una persona moral (empresa), esta debe retenerte el 1.25% sobre el monto del pago sin IVA y enterarlo al SAT. Esa retención es un pago provisional acreditable contra tu ISR del mes.

Saldo a favor. Como la retención (1.25%) suele ser mayor que tu tasa del RESICO (desde 1.00%), es común generar saldo a favor cuando la mayoría de tus ingresos provienen de empresas. La calculadora lo detecta automáticamente.


RESICO e IVA

El RESICO solo simplifica el ISR. El IVA se declara de forma normal: el 16% trasladado menos el IVA acreditable de tus gastos. Para esa parte puedes usar nuestra calculadora de IVA y retenciones.


Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el ISR en RESICO?

Multiplicas el total de ingresos cobrados del periodo (sin IVA) por la tasa del Art. 113-E que corresponde a tu monto. No se restan deducciones.

¿Cuál es el límite de ingresos del RESICO?

$3,500,000 de ingresos anuales. Si los rebasas, dejas de ser elegible para el régimen.

¿La retención del 1.25% es un impuesto adicional?

No. Es un anticipo de tu ISR que la empresa entera por ti; lo acreditas contra tu pago mensual y puede generar saldo a favor.

¿Cómo calculo cuánto me van a retener en RESICO?

Multiplica el monto facturado sin IVA por 1.25%. Solo retienen las personas morales: si facturas a personas físicas o al público en general, no hay retención y pagas tu ISR completo en la declaración mensual.

¿El RESICO calcula el IVA?

No. El IVA se declara aparte de forma normal. Esta herramienta estima únicamente el ISR.


Próximos pasos

  1. Prueba la herramienta. Captura tus ingresos y revisa el ISR del periodo.
  2. Calcula tu IVA. Usa la calculadora de IVA para la parte que el RESICO no simplifica.
  3. Aprende más. Revisa nuestra guía básica del RESICO.
  4. No pierdas fechas. Consulta el calendario fiscal 2026.
  5. Entiende el régimen. Revisa obligaciones, altas y bajas en la landing de RESICO.
  6. Explora todas. Revisa las demás calculadoras fiscales y laborales en un solo lugar.
Fundamento legal
Uso libre

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