Cómo se calcula el ISR del mes
Estimación basada en el coeficiente de utilidad del año anterior, no en la utilidad real del mes.
| Paso | Operación |
|---|---|
| 1. Ingresos nominales | Acumulados desde enero (sin ajuste por inflación) |
| 2. × Coeficiente de utilidad | Utilidad fiscal ÷ ingresos nominales del último ejercicio de 12 meses declarado, hasta el diezmilésimo |
| 3. = Utilidad estimada | Base del pago provisional |
| 4. – PTU pagada (mayo–dic.) | En ocho partes iguales, de mayo a diciembre, acumuladas |
| 5. – Pérdidas fiscales | Pendientes de ejercicios anteriores (hasta 10 años), actualizadas |
| 6. × 30% ISR | Tasa del régimen general |
| 7. – Pagos provisionales previos y retenciones | ISR ya enterado en el año y el que te retuvieron (bancos, plataformas) |
| 8. = ISR del mes | A más tardar el día 17 del mes siguiente; si sale negativo, es cero |
En el primer ejercicio no hay pagos provisionales (art. 14 LISR). En el segundo, el primer pago abarca enero a marzo y usa el coeficiente del primero, aunque no haya sido de doce meses.