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Deducciones Fiscales para Personas Físicas y Morales en México (Actualizado 2026)

Deducciones fiscales 2026 en México: tope de 5 UMA ($213,973.20), gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios, donativos y pago bancarizado.

Publicado
4 de julio de 2024
Actualizado
15 de septiembre de 2026
Autor
Siempre Contable
Balanza que compara las deducciones de personas físicas y personas morales sobre un mapa de México con edificios emblemáticos e iconos de salud, educación y ahorro
Siempre Contable
Siempre Contable

Despacho contable con enfoque práctico para México

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Respuesta rápida: En 2026, las deducciones personales de personas físicas están topadas al menor de 5 UMA anuales (213,973.20 pesos) o el 15% del total de ingresos. Aplican gastos médicos, colegiaturas (con límite propio por nivel), intereses hipotecarios, donativos y aportaciones al retiro. Las morales deducen gastos estrictamente indispensables. En todos los casos se exige CFDI 4.0 y pago bancarizado.

Introducción

En México, tanto las personas físicas como las personas morales tienen la posibilidad de reducir su carga fiscal a través de deducciones permitidas por la ley. Conocer y aplicar correctamente estas deducciones puede resultar en un ahorro significativo de impuestos. En este artículo, exploraremos las principales deducciones fiscales disponibles para personas físicas y morales, así como los requisitos para aplicarlas.

Tope general de deducciones personales 2026

Para el ejercicio 2026, las deducciones personales de personas físicas están topadas al menor de estos dos límites:

  • 5 UMA anuales = $213,973.20 (UMA 2026: $117.31 diarios, valor publicado por INEGI en el DOF el 9 de enero de 2026, vigente desde el 1 de febrero).
  • 15% del total de ingresos del ejercicio (incluyendo exentos).

La declaración del ejercicio 2025 (presentada en abril de 2026, o extemporánea si aún la debes) aplica el tope con la UMA 2025 ($113.14 diarios). Para el ejercicio 2026, que declararás en abril de 2027, se usa el nuevo valor.

Excepción: los gastos médicos derivados de incapacidad o discapacidad igual o mayor al 50% se pueden deducir al 100%, sin sujetarse al tope general.

Deducciones Fiscales para Personas Físicas

1. Gastos Médicos

Las personas físicas pueden deducir los gastos médicos, dentales y hospitalarios, así como los gastos de psicología y nutrición siempre que estos sean realizados por profesionales con cédula autorizada. Estos gastos deben ser pagados con medios electrónicos (tarjeta de crédito, débito o transferencia bancaria).

2. Intereses Reales por Créditos Hipotecarios

Los intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de la casa habitación son deducibles, siempre y cuando el crédito no exceda de 750,000 unidades de inversión (UDIs).

3. Aportaciones Complementarias para el Retiro

Las aportaciones voluntarias a cuentas de ahorro para el retiro en sistemas como Afore, planes personales de retiro y cuentas especiales para el ahorro, pueden ser deducibles hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que excedan de cinco UMA anuales ($213,973.20 en 2026): aplica el menor de los dos topes (Art. 151, fr. V LISR).

4. Primas de Seguro de Gastos Médicos

Las primas pagadas por seguros de gastos médicos mayores también son deducibles. Estas deben estar debidamente documentadas y pagadas a través de medios electrónicos.

5. Colegiaturas

Los pagos por colegiaturas en instituciones educativas privadas, desde preescolar hasta bachillerato, pueden ser deducidos siempre que no excedan los límites por nivel educativo (decreto vigente, sin modificación para 2026):

  • Preescolar: $14,200 anuales
  • Primaria: $12,900 anuales
  • Secundaria: $19,900 anuales
  • Profesional técnico: $17,100 anuales
  • Bachillerato o equivalente: $24,500 anuales

Cada nivel se aplica por hijo y debe pagarse con medio bancarizado (transferencia, tarjeta o cheque nominativo). El RFC del alumno o tutor debe aparecer correctamente en el CFDI.

6. Donativos

Los donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles son deducibles hasta el 7% de los ingresos acumulables del contribuyente del ejercicio inmediato anterior.

7. Transporte Escolar Obligatorio

Los pagos realizados por transporte escolar obligatorio, cuando así lo estipulen las instituciones educativas, también pueden ser deducidos.

Deducciones Fiscales para Personas Morales

1. Gastos de Nómina

Las personas morales pueden deducir los sueldos y salarios pagados a sus empleados, incluyendo prestaciones como el aguinaldo y la prima vacacional, siempre que retengan y enteren el ISR correspondiente (Art. 27, fr. V LISR) y emitan el CFDI de nómina. Ojo con la parte exenta para el trabajador: no es deducible el 53% de esos pagos, o el 47% si las prestaciones exentas no disminuyeron respecto del año anterior (Art. 28, fr. XXX LISR).

2. Gastos de Operación

Los gastos relacionados con la operación del negocio, como servicios de electricidad, agua, telefonía, internet y rentas de oficinas o locales comerciales, son deducibles siempre que estén debidamente documentados.

3. Inversiones

Las inversiones en activos fijos no se deducen de golpe, sino con los porcentajes máximos anuales del Art. 34 LISR: por ejemplo, 5% construcciones, 10% mobiliario y equipo de oficina, 25% automóviles y 30% equipo de cómputo. En automóviles, además, la inversión solo es deducible hasta $175,000 ($250,000 si es eléctrico o híbrido), según el Art. 36, fr. II. El mantenimiento que conserva el bien en operación no es inversión: es gasto del año.

4. Capacitación y Desarrollo

Los gastos realizados en capacitación y desarrollo profesional de los empleados, como cursos, talleres y seminarios, son deducibles, siempre que estén relacionados con la actividad de la empresa.

5. Seguros y Fianzas

Las primas pagadas por seguros y fianzas necesarios para la operación del negocio también son deducibles.

6. Donativos

Las personas morales también pueden deducir donativos a instituciones autorizadas, pero con otra base: hasta el 7% de la utilidad fiscal del ejercicio inmediato anterior (Art. 27, fr. I LISR), no de sus ingresos. Si el donativo es a la Federación, estados, municipios o sus organismos descentralizados, el tope baja al 4% de esa utilidad.

7. Gastos de Viaje

Los viáticos de empleados que viajan fuera de una franja de 50 km de su establecimiento son deducibles con topes diarios por beneficiario (Art. 28, fr. V LISR): alimentación hasta $750 en México o $1,500 en el extranjero, renta de automóvil hasta $850 y hospedaje en el extranjero hasta $3,850, siempre acompañados del comprobante del hospedaje o transporte. Fuera de viáticos, los consumos en restaurantes solo son deducibles en un 8.5% (Art. 28, fr. XX).

Requisitos para Aplicar las Deducciones

Para que las deducciones sean válidas, deben cumplirse ciertos requisitos:

  • Estar respaldadas con CFDI 4.0 vigente, con RFC correcto y método/forma de pago consistentes.
  • Ser estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente (en el caso de personas morales).
  • Haber sido pagadas con medios bancarizados cuando rebasan $2,000: transferencia electrónica, tarjeta de crédito/débito/servicios, monedero electrónico autorizado o cheque nominativo (Art. 27, fr. III LISR). En los gastos médicos, dentales y hospitalarios de personas físicas no hay ese umbral: se pagan con medios electrónicos sin importar el monto (Art. 151, fr. I LISR).
  • Corresponder al ejercicio fiscal que se está declarando.

Si vas a preparar tu declaración anual, conviene cruzar este artículo con la guía de declaración anual y la lista de errores comunes de la declaración anual 2026; buena parte de las deducciones rechazadas vienen de fallas en forma de pago o RFC, no del concepto en sí.

Cambios fiscales 2024–2026 que afectan deducciones

  • Recargos por mora: subieron a 2.07% mensual en 2026 (vs. 1.47% en 2025). Si arrastras saldos a cargo, el costo de regularizar creció ~40% en términos relativos.
  • Acceso del SAT en tiempo real a plataformas digitales: desde abril de 2026 (artículo 30-B del CFF), tus ingresos por Uber, Airbnb, Amazon, Mercado Libre, Rappi y similares se reportan al SAT prácticamente en línea. Cuadra tus deducciones contra esos ingresos antes de presentar la anual.
  • Plan Maestro SAT 2026: las auditorías electrónicas se programan con modelos de riesgo que cruzan CFDI, declaraciones, banca y comercio exterior. Una deducción mal soportada se detecta en automático. Más contexto en reformas fiscales en México 2024–2026.

Conclusión

Aprovechar las deducciones fiscales es una excelente manera de reducir la carga tributaria y optimizar la gestión financiera tanto para personas físicas como morales en México. La regla práctica para 2026 es la misma de siempre, solo más estricta: factura correcta, pago bancarizado, concepto válido, ejercicio correspondiente y dentro del tope aplicable. Cuando la documentación es impecable, la deducción se sostiene; cuando no, ya no hay margen para “explicarla después”.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre este tema

¿Cuál es el tope de deducciones personales en 2026?
Las deducciones personales de personas físicas se limitan al menor de dos topes: 5 UMA anuales (213,973.20 pesos con la UMA 2026 de 117.31 diarios) o el 15% del total de ingresos del ejercicio. Se aplica el que resulte menor.
¿Las colegiaturas entran dentro del tope general de deducciones?
No. Las colegiaturas tienen su propio límite por nivel educativo, desde preescolar hasta bachillerato, y no se suman al tope general de 5 UMA o 15% de ingresos. Cada nivel se aplica por hijo.
¿Qué requisitos debe cumplir un gasto para ser deducible?
Debe estar respaldado con CFDI 4.0 vigente y RFC correcto, ser estrictamente indispensable para la actividad (en personas morales), pagarse con medios bancarizados y corresponder al ejercicio que se declara. Los pagos en efectivo arriba de los umbrales legales no son deducibles.
¿Cómo se deducen los gastos médicos por discapacidad?
Los gastos médicos derivados de una incapacidad o discapacidad igual o mayor al 50% se pueden deducir al 100%, sin sujetarse al tope general de deducciones personales.
¿Hasta cuánto puedo deducir en donativos?
Depende de quién dona. Una persona física deduce donativos a instituciones autorizadas hasta el 7% de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior (Art. 151, fr. III LISR). Una persona moral, hasta el 7% de la utilidad fiscal del ejercicio inmediato anterior (Art. 27, fr. I LISR), que es una base mucho menor que sus ingresos.