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Aguinaldo 2026: cuándo se paga, cómo se calcula y cuánto está exento de ISR

Guía del aguinaldo 2026 en México: mínimo 15 días de salario antes del 20 de diciembre (Art. 87 LFT), cálculo proporcional, la parte exenta de ISR (30 UMA = $3,519.30) y cómo se retiene el impuesto sobre el excedente. Con ejemplos con cifras.

Publicado
21 de julio de 2026
Autor
Siempre Contable
Ilustración editorial de un regalo navideño del que salen monedas junto a un calendario de diciembre, con un sello de cumplimiento
Siempre Contable
Siempre Contable

Despacho contable con enfoque práctico para México

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Respuesta rápida: El aguinaldo 2026 es de mínimo 15 días de salario y debe pagarse antes del 20 de diciembre (Art. 87 LFT); si no trabajaste el año completo, te toca la parte proporcional. Para el ISR está exento un monto fijo de 30 UMA = $3,519.30 (Art. 93, fr. XIV LISR): si tu aguinaldo no rebasa esa cifra no paga impuesto, y si la rebasa, solo el excedente causa ISR. Con sueldo de $12,000 y 15 días, el aguinaldo bruto es de $6,000 y el neto de unos $5,730.

El aguinaldo es el pago más esperado del año — y también el que más dudas genera: ¿me lo deben completo si entré en marzo?, ¿por qué a mi compañero le descontaron menos ISR?, ¿pueden pagármelo en vales? Aquí está la guía completa con las reglas de la LFT, el cálculo paso a paso y, sobre todo, la parte que casi nadie explica bien: cuánto está exento de impuesto y cómo se calcula la retención sobre el resto.

Cuánto aguinaldo te toca por ley

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo fija dos reglas simples:

  • Mínimo 15 días de salario por año trabajado. Es un piso, no un tope: muchas empresas dan 20, 30 o más días como prestación superior.
  • Pago antes del 20 de diciembre, en dinero. No es válido pagarlo en especie, con mercancía ni con vales.

Si no trabajaste el año completo —entraste después de enero o saliste antes de diciembre— te corresponde la parte proporcional por los días efectivamente laborados, sin importar el motivo de la salida. Es un derecho irrenunciable.

La base del cálculo es tu salario diario ordinario. Si cobras por mes, la convención habitual es dividir el sueldo mensual entre 30.

Cómo se calcula, paso a paso

La fórmula completa, con proporcionalidad incluida:

Aguinaldo = salario diario × días de aguinaldo × (días trabajados ÷ 365)

Ejemplo con sueldo mensual de $12,000, 15 días de aguinaldo y año completo:

Paso Cálculo Resultado
Salario diario $12,000 ÷ 30 $400.00
Aguinaldo bruto $400 × 15 días $6,000.00
Parte exenta (30 UMA) 30 × $117.31 −$3,519.30
Parte gravable $6,000 − $3,519.30 $2,480.70
ISR (Art. 174 RLISR) sobre la parte gravable −$269.79
Aguinaldo neto $6,000 − $269.79 $5,730.21

Si prefieres no hacer la aritmética, nuestra calculadora de aguinaldo hace exactamente este desglose —bruto, exento, gravable, ISR y neto— con tu sueldo, tus días de prestación y tus días trabajados.

¿Cuánto del aguinaldo está exento de ISR en 2026?

Aquí está el dato que más se malentiende: la exención no es un porcentaje, es un monto fijo en UMA. El artículo 93, fracción XIV de la LISR exenta el aguinaldo hasta por 30 veces la UMA diaria. Con la UMA 2026 de $117.31, eso da:

Parte exenta 2026 = 30 × $117.31 = $3,519.30

Las consecuencias prácticas:

Tu aguinaldo bruto ¿Paga ISR?
Hasta $3,519.30 No — está completamente exento
Más de $3,519.30 Solo el excedente sobre $3,519.30 es gravable

Por ejemplo, con un sueldo de $7,000 y 15 días, el aguinaldo es de $3,500: queda por debajo de la exención y no paga ni un peso de ISR. Con sueldos mayores, solo se grava lo que excede el umbral — nunca el aguinaldo completo.

Cómo se retiene el ISR del excedente (y por qué varía entre empresas)

Sobre la parte gravable, el patrón puede aplicar dos métodos, ambos legales:

  1. Sumarlo al sueldo del mes y retener con la tarifa mensual del artículo 96 de la LISR. Es el método directo, pero al acumular aguinaldo y sueldo en un solo mes puede “empujarte” a un tramo más alto de la tarifa.
  2. El procedimiento opcional del artículo 174 del Reglamento de la LISR: la parte gravable se mensualiza (÷ 365 × 30.4), se calcula el impuesto marginal que esa porción agrega a tu sueldo ordinario y la tasa efectiva resultante se aplica a todo el excedente. Al prorratear el ingreso extraordinario, casi siempre resulta una retención menor que la del método directo.

Por eso dos personas con el mismo aguinaldo pueden ver descuentos distintos: depende del método que use la nómina de cada empresa. Nuestra calculadora de aguinaldo estima el ISR con el procedimiento del Art. 174; si tu recibo muestra una retención algo distinta, probablemente tu patrón usó el método directo del Art. 96 — puedes comparar tu sueldo con nuestra calculadora de ISR y sueldo neto.

Ejemplos completos con cifras 2026

Tres escenarios calculados con 15 días de aguinaldo y el procedimiento del Art. 174 RLISR:

Concepto Sueldo $12,000 (año completo) Sueldo $30,000 (año completo) Sueldo $30,000 (medio año)
Aguinaldo bruto $6,000.00 $15,000.00 $7,397.26
Parte exenta $3,519.30 $3,519.30 $3,519.30
Parte gravable $2,480.70 $11,480.70 $3,877.96
ISR retenido $269.79 $2,452.34 $828.33
Aguinaldo neto $5,730.21 $12,547.66 $6,568.93

Nota el tercer caso: quien trabajó 180 días recibe la proporción exacta ($15,000 × 180/365 ≈ $7,397), pero conserva la misma exención completa de $3,519.30 — la exención no se prorratea.

Aguinaldo proporcional: renuncias, despidos e ingresos a mitad de año

Da igual si renunciaste, te despidieron o apenas entraste: los días trabajados del año generan aguinaldo proporcional. Dos situaciones típicas:

  • Sales antes de diciembre. La parte proporcional debe pagarse en tu finiquito, junto con vacaciones no gozadas y prima vacacional. Revisa qué te corresponde con la calculadora de finiquito y, si hay duda sobre la naturaleza de tu salida, nuestra guía de finiquito vs. liquidación.
  • Entraste durante el año. En diciembre recibes la proporción por los días laborados desde tu ingreso; el año siguiente ya te toca completo.

¿Y si no me lo pagan?

Si llega el 20 de diciembre y no hay depósito (o llegó incompleto):

  1. Reclama primero por escrito a tu patrón o a recursos humanos — muchos casos se resuelven ahí.
  2. Acude a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo): la orientación y la representación legal son gratuitas.
  3. No lo dejes pasar: el plazo para reclamar prescribe en un año contado a partir del día siguiente a la fecha límite de pago (Art. 516 LFT).

El patrón que incumple se expone a multas impuestas por la autoridad laboral, además de deber el aguinaldo con todo y accesorios.

Nota para patrones

Si estás del otro lado de la nómina: presupuesta el aguinaldo desde ahora (diciembre castiga la tesorería), define por escrito el método de retención que aplicarás (Art. 96 o Art. 174 RLISR) y recuerda que el pago es deducible para tu empresa cumpliendo los requisitos de nómina (CFDI de nómina timbrado y pago por medios trazables; la parte exenta tiene límites de deducción propios). Si administras nómina y prestaciones, en servicios para personas morales te ayudamos a dejarlo en regla.

En resumen

El aguinaldo 2026 se resume en tres números: 15 días de salario como mínimo, pagados antes del 20 de diciembre, con una exención fija de ISR de $3,519.30 (30 UMA). Todo lo demás es aritmética de proporciones y el método de retención que use tu empresa. Haz tu cálculo exacto en la calculadora de aguinaldo y, si el número del recibo no cuadra con el tuyo, desde contacto lo revisamos contigo.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre este tema

¿Cuándo se paga el aguinaldo 2026?
A más tardar el 19 de diciembre de 2026: el artículo 87 de la LFT ordena pagarlo antes del 20 de diciembre. Debe pagarse en efectivo o depósito, no en especie ni en vales, y aplica aunque lleves pocos meses trabajando (en proporción al tiempo laborado).
¿Cuál es el aguinaldo mínimo por ley?
15 días de salario por un año completo de trabajo (Art. 87 LFT). Si trabajaste menos de un año, te toca la parte proporcional: días de aguinaldo × (días trabajados ÷ 365) × salario diario. Muchas empresas otorgan más de 15 días como prestación superior; en ese caso se calcula con los días pactados.
¿Cuánto del aguinaldo está exento de ISR en 2026?
Un monto fijo de 30 UMA: $3,519.30 en 2026 (30 × $117.31, Art. 93 fracción XIV de la LISR). No es un porcentaje: si tu aguinaldo es de $3,519.30 o menos, no paga nada de ISR; si es mayor, solo el excedente es gravable.
¿Por qué me descontaron ISR del aguinaldo?
Porque tu aguinaldo superó la parte exenta de 30 UMA ($3,519.30 en 2026) y el excedente causa ISR. La retención puede calcularse sumando el excedente a tu sueldo del mes (tarifa del Art. 96 LISR) o con el procedimiento opcional del Art. 174 del Reglamento de la LISR, que suele dar una retención menor. Ambos son legales, por eso dos empresas pueden retener cantidades distintas sobre el mismo aguinaldo.
¿Me toca aguinaldo si renuncié o me ingresaron a mitad de año?
Sí. El aguinaldo proporcional es un derecho irrenunciable: se calcula sobre los días efectivamente trabajados en el año, sin importar el motivo de la salida. Si te vas antes de diciembre, la parte proporcional debe incluirse en tu finiquito.
¿Qué hago si mi patrón no me paga el aguinaldo?
Puedes presentar tu reclamo ante la PROFEDET (orientación gratuita) y, en su caso, demandar. Tienes un año a partir del 20 de diciembre para reclamarlo (Art. 516 LFT). El patrón que no paga o paga incompleto se expone a multas que impone la autoridad laboral.