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Centro, Ciudad de México, México
Herramienta gratuita · Ley Federal del Trabajo

Calculadora de PTU 2026

Calculadora de PTU 2026: tu parte por días y por salarios, el tope de tres meses, la parte exenta (15 UMA) y el ISR a retener. Gratis.

Respuesta rápida

La PTU se reparte en dos mitades —días trabajados y salarios— con un tope de tres meses de salario y una parte exenta de ISR de 15 UMA (Art. 93, fr. XIV LISR). Esta calculadora estima tu PTU por ambos criterios, el tope aplicable y el ISR a retener.

Calculadora interactiva

Calcula tu reparto de utilidades y cuánto recibes neto.

Estima la PTU que te corresponde con el reparto en dos mitades de la Ley Federal del Trabajo (días y salarios), el tope de tres meses de salario, la parte exenta de ISR (15 UMA) y el ISR a retener con el Art. 174 RLISR.

  • Mitad días + mitad salarios
  • Tope 3 meses
  • Exención 15 UMA
01

Datos de la empresa

Tu patrón te los puede dar: el monto total a repartir (10% de la utilidad) y los totales de días y salarios del personal con derecho.

$
Es el 10% de la utilidad fiscal del ejercicio.
Suma de días trabajados del personal.
Suma de salarios devengados del personal.
02

Tus datos

Tus días trabajados en el año y tu salario diario (cuota diaria, sin tiempo extra ni prestaciones).

365 si trabajaste el año completo.
Sueldo mensual ÷ 30, sin prestaciones.

Revisa tu PTU

El resultado se actualiza solo conforme capturas los datos.

SC

Completa los datos para empezar

Verás tu PTU por días y por salario, el tope, la parte exenta y gravada, el ISR y la PTU neta a recibir.

Tarifas y valores verificados al . Fuentes oficiales: SAT, DOF e INEGI.

¿Prefieres que lo revise un experto?

Un contador revisa tu caso concreto

Las calculadoras dan un estimado. Si tu situación tiene detalles —retenciones, saldos a favor, adeudos con el SAT— escríbenos y lo resolvemos contigo. La primera consulta es sin compromiso.

¿Qué calcula esta herramienta?

Esta calculadora estima la PTU (participación de los trabajadores en las utilidades) que te corresponde en México, con el reparto en dos mitades de la Ley Federal del Trabajo, el tope de tres meses de salario, su parte exenta y gravada de ISR, y la PTU neta a recibir, con valores vigentes para 2026 (se reparten las utilidades del ejercicio 2025).

Comienza ahora. En la parte superior captura el monto a repartir y los totales de la empresa, luego tus días y salario; el desglose se calcula solo.


Cómo se reparte la PTU

El monto a repartir equivale al 10% de la utilidad fiscal del ejercicio. Ese monto se divide en dos partes iguales (Art. 123 LFT):

  • 50% por días trabajados. Se reparte entre todo el personal en proporción a los días que cada quien laboró en el año.
  • 50% por salarios. Se reparte en proporción al salario por cuota diaria devengado en el año (sin tiempo extra ni prestaciones).

Tu PTU es la suma de ambas partes, con un tope individual de tres meses de salario.


Cómo se calcula paso a paso

  1. Monto a repartir. 10% de la utilidad fiscal del ejercicio.
  2. Factor de días. (Mitad del monto) ÷ (días trabajados por todo el personal). Multiplícalo por tus días.
  3. Factor de salario. (Mitad del monto) ÷ (salarios de todo el personal). Multiplícalo por tu salario anual.
  4. Tope. Si la suma supera tres meses de tu salario, se limita a ese monto.
  5. ISR. Se resta la exención de 15 UMA y el excedente causa ISR con el Art. 174 RLISR.

Ejemplo práctico

Empresa con $100,000 de PTU a repartir, 1,000 días totales y $1,000,000 de salarios totales. Trabajador con 200 días y salario diario de $500 (salario anual $100,000):

Concepto Importe (MXN)
PTU por días (50,000 ÷ 1,000 × 200)$10,000.00
PTU por salario (50,000 ÷ 1,000,000 × 100,000)$5,000.00
PTU que te corresponde$15,000.00
Parte exenta (15 UMA)$1,759.65
Parte gravable$13,240.35

Tip. Captura tus cifras en la calculadora de arriba para ver el ISR estimado y la PTU neta al instante.


Tope, exención e ISR de la PTU

Desde la reforma laboral de 2021, la PTU individual se limita al monto mayor entre tres meses de salario o el promedio de la PTU de los últimos tres años (Art. 127, fr. VIII LFT). Además, la PTU está exenta de ISR hasta 15 UMA (Art. 93 LISR): en 2026, con una UMA diaria de $117.31, la exención es de $1,759.65. Solo el excedente causa ISR, que se calcula con el Art. 174 del RLISR (mensualización y tasa efectiva).


Fechas de pago 2026

  • Personas morales: del 1 de abril al 30 de mayo de 2026.
  • Personas físicas: del 1 de mayo al 29 de junio de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la PTU de un trabajador?

El monto a repartir se divide en dos mitades: una por días trabajados y otra por salarios. Tu PTU es la suma de ambas partes, con un tope de tres meses de salario.

¿La PTU paga impuestos?

Sí, pero está exenta hasta 15 UMA ($1,759.65 en 2026). Solo la parte que excede causa ISR.

¿Quién no tiene derecho a la PTU?

Directores, administradores y gerentes generales; socios y accionistas; quienes cobran por honorarios sin relación laboral; y los eventuales con menos de 60 días trabajados.

¿Es gratuita esta calculadora?

Sí, corre en tu navegador y no requiere registro. Si necesitas apoyo, conversemos con nuestro equipo.


Próximos pasos

  1. Prueba la herramienta. Captura los datos y revisa tu PTU neta.
  2. Lee la guía completa. Revisa el artículo de reparto de utilidades (PTU) 2026.
  3. Calcula tu sueldo neto. Usa la calculadora de ISR y sueldo neto.
  4. Y tu aguinaldo. Estima tu aguinaldo y su ISR.
  5. Conoce tu régimen. La PTU se grava dentro de sueldos y salarios.
  6. Explora todas. Revisa las demás calculadoras fiscales y laborales en un solo lugar.
Fundamento legal
  • Reparto del 10% de la renta gravable Art. 120 LFT
  • División en dos mitades: días y salarios Art. 123 LFT
  • Cálculo del ISR sobre el excedente exento Art. 174 RLISR
Uso libre

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Gratis y sin registro. Copia el código y pégalo donde quieras que aparezca: se adapta al ancho de tu plantilla y se mantiene al día con las tarifas vigentes sin que tengas que tocar nada. Solo te pedimos conservar la línea de atribución —es el crédito que hace posible que la mantengamos abierta.

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